Ávila
El tipo de Ávila es del 28,00%
Ávila regula el IIVTNU mediante ordenanza fiscal municipal. La gestión corresponde a los Servicios Económicos del Ayuntamiento, ubicados en Plaza del Mercado Chico, 1. Se puede presentar la declaración tanto en la sede electrónica como presencialmente.
Esta guía recoge los datos locales actualizados que necesitas para calcular el IIVTNU en Ávila sin mezclar reglas de otros municipios.
Guía práctica para Ávila
Tipo impositivo
El tipo de gravamen del IIVTNU en Ávila es del 28,00%, según la Ordenanza Fiscal nº 4. Este tipo se aplica sobre la base imponible, tanto si eliges el método objetivo como el método real.
Coeficientes del método objetivo
Los coeficientes aplicables desde la actualización de 2026 son los siguientes según los años de tenencia:
- Menos de 1 año: 0,15
- 1 año: 0,15
- 2 años: 0,14
- 3 años: 0,14
- 4 años: 0,16
- 5 años: 0,18
- 6 años: 0,19
- 7 años: 0,20
- 8 años: 0,19
- 9 años: 0,15
- 10 años: 0,12
- 11 años: 0,10
- 12 años: 0,09
- 13 años: 0,09
- 14 años: 0,09
- 15 años: 0,09
- 16 años: 0,10
- 17 años: 0,13
- 18 años: 0,17
- 19 años: 0,23
- 20 años o más: 0,40
Bonificaciones
Ávila aplica bonificación del 95% en transmisiones mortis causa para descendientes, ascendientes y cónyuge sobre la vivienda habitual. Consulta la ordenanza para conocer los requisitos completos.
Método real y método objetivo
Puedes optar por el método que más te beneficie. El método objetivo aplica los coeficientes sobre el valor catastral del suelo. El método real compara valores reales de adquisición y transmisión. Si vendiste con poca ganancia o pérdida, el método real puede reducir la base imponible.
Presentación y plazos
La declaración se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ávila (sede.avila.es) o presencialmente en el Registro General. Plazos: - Actos inter vivos: 30 días hábiles desde la fecha de la escritura. - Actos mortis causa: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de los primeros 5 meses.
Oficina de Servicios Económicos (gestión del impuesto): - Dirección: Plaza del Mercado Chico, 1, 05001 Ávila - Centralita: 920 35 00 00 - Oficina de Atención al Ciudadano: 920 21 10 11 - Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30
Errores frecuentes en Ávila
- Presentar en el registro equivocado: La declaración del IIVTNU debe dirigirse a Servicios Económicos. Si la presentas en otro registro municipal, puede haber retrasos en la derivación.
- No verificar la ordenanza vigente: Aunque Ávila mantiene el tipo del 28% desde hace años, las ordenanzas pueden modificarse. Siempre abre la normativa del ejercicio actual.
- Confundir valor catastral total con valor del suelo: El IBI incluye el valor de construcción; para la plusvalía solo cuenta el valor catastral del suelo. Revisa el desglose en tu recibo del IBI.
- Aplicar bonificaciones sin comprobar requisitos: Cada bonificación exige parentesco, valor del suelo y tipo de inmueble determinados. No des por hecho que aplica sin leer la ordenanza.
Autoliquidación paso a paso en Ávila
Vía telemática: 1. Accede a la sede electrónica del Ayuntamiento de Ávila: sede.avila.es. 2. Busca el trámite Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). 3. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. 4. Cumplimenta la declaración con los datos del inmueble (referencia catastral, valor catastral del suelo, fechas). 5. Adjunta la documentación requerida: copia de la escritura de adquisición, escritura de transmisión, recibo del IBI y DNI/NIF. 6. El sistema calcula la cuota. Revisa que el tipo (28,00%) y el coeficiente son correctos. 7. Firma electrónicamente y realiza el pago online. 8. Guarda el justificante de presentación.
Vía presencial: - Registro General del Ayuntamiento de Ávila - Dirección: Plaza del Mercado Chico, 1, 05001 Ávila - También puedes presentar en cualquiera de los lugares que señala el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
Documentación a presentar: - Declaración IIVTNU (formulario municipal) - Copia del documento en el que conste el acto o contrato que origina la imposición - Copia del título que documente la adquisición anterior - Recibo del IBI (para acreditar el valor catastral del suelo)
Datos verificados
Fuentes oficiales consultadas para esta guía:
- Ordenanza Fiscal nº 4 del IIVTNU del Ayuntamiento de Ávila — Aprobada por el Pleno del Ayuntamiento. Tipo 28,00%, bonificación 95% mortis causa. Disponible en avila.es.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Ávila: sede.avila.es
- Servicios Económicos: Plaza del Mercado Chico, 1, 05001 Ávila. Teléfono: 920 35 00 00. OAC: 920 21 10 11.
*Última verificación: julio de 2026. Las ordenanzas municipales pueden modificarse anualmente. Consulte siempre el texto vigente en la fecha de devengo del impuesto.*
Antes de presentar en Ávila
- Ordenanza Fiscal nº 4 del IIVTNU de Ávila
- Valor catastral del suelo del inmueble (recibo IBI)
- Fechas exactas de adquisición y transmisión
- Tipo 28,00% y coeficiente según años de tenencia
- Bonificación aplicable si procede
- Escrituras de adquisición y transmisión
- Documentación del método real si optas por él
- Acceso a la sede electrónica (certificado digital o Cl@ve)
Preguntas frecuentes
¿El 28,00% se aplica a todos los casos en Ávila?
Sí, la ordenanza de Ávila fija un tipo único del 28,00% para cualquier periodo de generación.
¿Puedo presentar la autoliquidación telemáticamente en Ávila?
Sí, a través de la sede electrónica sede.avila.es. También puedes presentarla presencialmente en el Registro General de Plaza del Mercado Chico, 1.
¿Qué documentación necesito para el método real en Ávila?
Escritura de adquisición y de transmisión. Si la transmisión fue por herencia, también el modelo 650/651 de Sucesiones.
¿Ávila tiene bonificación para menores de 30?
Debes consultar la ordenanza fiscal vigente de Ávila. La ordenanza nº 4 no menciona bonificaciones específicas por edad.
¿La autoliquidación en Ávila requiere cita previa?
Para atención presencial en los Servicios Económicos, se recomienda consultar la sede electrónica. La autoliquidación telemática no requiere cita.
¿Cuál es el plazo para pagar la plusvalía en Ávila?
30 días hábiles desde la transmisión inter vivos, 6 meses desde el fallecimiento en mortis causa, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de los primeros 5 meses.
¿Dónde se presenta la declaración en Ávila?
En la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.avila.es) o presencialmente en Servicios Económicos, Plaza del Mercado Chico, 1.
¿Ávila aplica el método más beneficioso automáticamente?
Debes solicitarlo expresamente y aportar la documentación que acredite los valores reales. La ordenanza de Ávila no especifica que se aplique automáticamente.
¿Puedo pagar la plusvalía en Ávila con tarjeta?
La sede electrónica permite el pago online. Consulta los medios de pago disponibles en el momento de la autoliquidación.
¿Qué teléfono tengo que llamar para la plusvalía en Ávila?
Centralita del Ayuntamiento: 920 35 00 00. Oficina de Atención al Ciudadano: 920 21 10 11. Pide conexión con Servicios Económicos.
¿Ávila exige mantener la vivienda heredada para mantener la bonificación?
Sí, la bonificación del 95% en herencia de vivienda habitual está condicionada a que el inmueble permanezca en el patrimonio durante los plazos que fija la ordenanza.
¿Los notarios de Ávila están obligados a comunicar las transmisiones al Ayuntamiento?
Sí, la ordenanza de Ávila establece que los notarios deben remitir al Ayuntamiento, dentro de la primera quincena de cada trimestre, una relación de todos los documentos autorizados que contengan hechos imponibles del IIVTNU.
Provincias vecinas
Provincias vecinas
Si tu inmueble está en Ávila o estás comparando ordenanzas, consulta también las guías de provincias vecinas:
- Madrid - Guía del IIVTNU en Madrid
- Segovia - Guía del IIVTNU en Segovia
- Valladolid - Guía del IIVTNU en Valladolid
- Salamanca - Guía del IIVTNU en Salamanca
- Toledo - Guía del IIVTNU en Toledo
Cada guía incluye el tipo municipal, los coeficientes aplicables y los pasos para presentar la autoliquidación en ese ayuntamiento.
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Referencias
Textos y servicios consultables
Revisa el texto vigente, la ordenanza y los datos catastrales antes de cerrar un cálculo.
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