Comprobaciones rápidas
- Fecha de fallecimiento o donación
- Adjudicación
- IBI
- Porcentaje recibido
- Bonificación local
Guía
Distingue quién paga, plazos y datos necesarios cuando el inmueble llega por herencia o donación.
Guía práctica
Distingue quién paga, plazos y datos necesarios cuando el inmueble llega por herencia o donación.
Herencias y donaciones tienen sujetos pasivos y plazos distintos, además de posibles bonificaciones locales.
Aunque ambas son transmisiones gratuitas, herencias y donaciones tienen reglas muy distintas para la plusvalía municipal:
| Aspecto | Herencia | Donación | |---------|----------|----------| | Quién paga | Los herederos (a prorrata) | El donatario (quien recibe) | | Plazo | 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable a 12) | 30 días hábiles desde la donación | | Bonificaciones | Posibles en vivienda habitual entre familiares directos | Menos frecuentes, salvo ordenanza expresa | | Valor de referencia | Valor comprobado a efectos de Sucesiones | Valor declarado en escritura de donación |
Cuando heredas un inmueble, la plusvalía municipal se calcula desde la fecha de adquisición del causante (la persona fallecida) hasta la fecha de su fallecimiento. Los herederos deben presentar el impuesto en el ayuntamiento donde esté el inmueble.
### Plazo de la herencia - 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación. - Se puede solicitar prórroga de 6 meses adicionales (12 meses totales), pero conviene no esperar al límite.
### Bonificaciones en herencias Algunos ayuntamientos ofrecen bonificaciones en la cuota de la plusvalía para herencias de vivienda habitual entre descendientes, cónyuges o ascendientes. El porcentaje varía según la ordenanza municipal. Revisa el tipo y las bonificaciones en la guía por ayuntamiento.
### Documentos necesarios para herencia - Certificado de defunción - Escritura de adjudicación de herencia - Escritura de adquisición del causante - Recibo del IBI - Referencia catastral
En una donación, el donatario (quien recibe el inmueble) es el sujeto pasivo. El plazo es mucho más ajustado: 30 días hábiles desde la fecha de la escritura de donación.
No confundas este impuesto con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (estatal), que también debe pagarse y tiene sus propios plazos y bonificaciones.
El método real también aplica en transmisiones gratuitas. En herencias, el valor de adquisición se toma del valor comprobado a efectos del Impuesto de Sucesiones. Si no hubo incremento real (el valor del suelo no aumentó), puedes tributar por el método real y pagar menos.
Usa la calculadora de plusvalía municipal para herencias y donaciones. Recuerda seleccionar correctamente el tipo de transmisión y consulta la ordenanza de tu municipio.
Los herederos, a prorrata según su participación en el inmueble.
Algunos ayuntamientos ofrecen bonificaciones para herencias de vivienda habitual entre ciertos grados de parentesco. Consulta la ordenanza municipal.
El donatario (quien recibe el inmueble). El plazo general es de 30 días hábiles.
Sí, pero en herencias se toma el valor comprobado a efectos del impuesto de sucesiones como referencia de adquisición.
Referencias
Revisa el texto vigente, la ordenanza y los datos catastrales antes de cerrar un cálculo.
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Continúa con el dato o trámite que condiciona tu caso.