Sevilla
El tipo de Sevilla es del 26,53%
Sevilla tiene uno de los tipos de plusvalía municipal más reducidos de España. La Agencia Tributaria de Sevilla gestiona el impuesto y publica la ordenanza fiscal actualizada.
Esta guía recoge los datos locales que necesitas para calcular el IIVTNU en Sevilla sin mezclar reglas de otros municipios.
Agencia Tributaria de Sevilla, avda. de la Constitución 25. Trámites online: sedelectronica.sevilla.es. Horario: L-V 9:00 a 14:00 h con cita previa. Teléfono: 010 o 955 010 010.
Guía práctica para Sevilla
Tipo impositivo
El tipo de gravamen del IIVTNU en Sevilla es del 26,53%, según el artículo 12 de la Ordenanza Fiscal. Este tipo se aplica sobre la base imponible, tanto si eliges el método objetivo como el método real.
Coeficientes del método objetivo
Los coeficientes aplicables desde el 28 de enero de 2026 son los siguientes según los años de tenencia:
- Menos de 1 año: 0,15
- 1 año: 0,15
- 2 años: 0,14
- 3 años: 0,14
- 4 años: 0,16
- 5 años: 0,18
- 6 años: 0,19
- 7 años: 0,20
- 8 años: 0,19
- 9 años: 0,15
- 10 años: 0,12
- 11 años: 0,10
- 12 años: 0,09
- 13 años: 0,09
- 14 años: 0,09
- 15 años: 0,09
- 16 años: 0,10
- 17 años: 0,13
- 18 años: 0,17
- 19 años: 0,23
- 20 años o más: 0,40
Bonificaciones por herencia
Sevilla aplica bonificaciones escalonadas en transmisiones mortis causa a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes:
- 95% de bonificación para vivienda habitual con valor del suelo hasta 10.000 €.
- 50% para vivienda habitual con valor del suelo entre 10.001 € y 20.000 €.
- 30% para vivienda habitual con valor del suelo entre 20.001 € y 50.000 €.
- 40% para inmuebles afectos a actividad económica del causante.
- 10% para otros inmuebles del causante.
Todas las bonificaciones deben solicitarse expresamente al presentar la autoliquidación.
Método real y método objetivo
Puedes optar por el método que más te beneficie. El método objetivo aplica los coeficientes sobre el valor catastral del suelo. El método real compara valores reales de adquisición y transmisión. Si vendiste con poca ganancia o pérdida, el método real puede reducir la base imponible.
Presentación y plazos
La Agencia Tributaria de Sevilla permite la autoliquidación telemática en sevilla.org. Plazo: 30 días hábiles para transmisiones inter vivos, 6 meses para mortis causa (prorrogables si se solicita dentro de los primeros 5 meses).
Ejemplo práctico en Sevilla Un piso en el centro adquirido en 2009 por 160.000 € (valor catastral suelo 58.000 €) se vende en 2026 por 185.000 €. Con 17 años, coeficiente 0,13 y tipo 26,53 %: 58.000 × 0,13 × 0,2653 ≈ 2.000 € de cuota estimada por método objetivo.
Errores frecuentes en Sevilla - Aplicar el 30 % genérico: Sevilla tiene tipo propio del 26,53 %. - No revisar bonificaciones por herencia: Sevilla tiene bonificaciones para descendientes, cónyuge y ascendientes. - Olvidar que Sevilla exige autoliquidación online para ciertos supuestos. - Usar una ordenanza antigua sin comprobar la actualización anual.
Antes de presentar en Sevilla
- Valor catastral del suelo del inmueble (recibo IBI)
- Fechas exactas de adquisición y transmisión
- Tipo 26,53% y coeficiente según años de tenencia
- Bonificación hereditaria si procede (95%, 50%, 30%, 40% o 10%)
- Escrituras de adquisición y transmisión
- Documentación del método real si optas por él
Preguntas frecuentes
¿Sevilla tiene bonificación en plusvalía para herencias?
Sí, para cónyuge, descendientes y ascendientes. Consulta el porcentaje exacto en la ordenanza fiscal vigente.
¿Dónde se presenta la plusvalía municipal en Sevilla?
En la sede electrónica del Ayuntamiento (sedelectronica.sevilla.es) o presencialmente con cita en la Agencia Tributaria.
¿El tipo de Sevilla es el 30 %?
No, es del 26,53 %, inferior al máximo legal.
¿Se puede calcular la plusvalía de Sevilla online?
Sí, la Agencia Tributaria dispone de un simulador en su sede electrónica.
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Referencias
Textos y servicios consultables
Revisa el texto vigente, la ordenanza y los datos catastrales antes de cerrar un cálculo.
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