Santa Cruz de Tenerife
El tipo de Santa Cruz de Tenerife es del 30%
Santa Cruz de Tenerife aplica el tipo máximo legal del 30% en el IIVTNU. La sede electrónica municipal dispone de calculadora propia y modelo de declaración online.
Esta guía recoge los datos locales de la capital tinerfeña para que calcules la plusvalía con los valores correctos.
Guía práctica para Santa Cruz de Tenerife
Tipo impositivo
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife mantiene el tipo de gravamen en el 30%, el máximo permitido por la legislación estatal. Este tipo se aplica sobre la base imponible calculada por método objetivo o real.
Coeficientes del método objetivo
Los coeficientes aplicables en Santa Cruz de Tenerife siguen los máximos estatales. Para 2026:
- Menos de 1 año: 0,15
- 1 año: 0,15
- 2 años: 0,14
- 3 años: 0,14
- 4 años: 0,16
- 5 años: 0,18
- 6 años: 0,19
- 7 años: 0,20
- 8 años: 0,19
- 9 años: 0,15
- 10 años: 0,12
- 11 años: 0,10
- 12 años: 0,09
- 13 años: 0,09
- 14 años: 0,09
- 15 años: 0,09
- 16 años: 0,10
- 17 años: 0,13
- 18 años: 0,17
- 19 años: 0,23
- 20 años o más: 0,45
Calculadora oficial
La sede electrónica de Santa Cruz de Tenerife dispone de una calculadora de plusvalía (sede.santacruzdetenerife.es/sede/calculadora-plusvalia). Puedes obtener un cálculo orientativo antes de presentar la declaración.
Bonificaciones
El Ayuntamiento aplica bonificaciones para transmisiones mortis causa de vivienda habitual a favor de familiares directos. Consulta la ordenanza fiscal para conocer los requisitos exactos y porcentajes aplicables.
Presentación y plazos
La declaración del IIVTNU en Santa Cruz de Tenerife se presenta mediante el modelo T239 disponible en la sede electrónica. Plazos: 30 días hábiles inter vivos, 6 meses mortis causa.
Errores frecuentes en Santa Cruz de Tenerife
- No usar la calculadora oficial: la sede municipal tiene su propio simulador. Úsalo para contrastar resultados.
- Confundir valor catastral total con valor del suelo: solo el suelo cuenta para la plusvalía.
- No solicitar bonificaciones: las bonificaciones mortis causa requieren solicitud expresa.
- No guardar el justificante: conserva el NRC de pago y la copia de la declaración presentada.
Antes de presentar en Santa Cruz de Tenerife
- Valor catastral del suelo del inmueble (recibo IBI)
- Fechas exactas de adquisición y transmisión
- Tipo 30% y coeficiente según años de tenencia
- Bonificación aplicable si procede
- Escrituras de adquisición y transmisión
- Acceso a la sede electrónica (sede.santacruzdetenerife.es)
Preguntas frecuentes
¿El tipo de Santa Cruz de Tenerife es siempre del 30%?
Sí, el Ayuntamiento mantiene el tipo máximo del 30% según la ordenanza fiscal vigente.
¿Puedo calcular la plusvalía online antes de presentar?
Sí, la sede electrónica dispone de una calculadora oficial en sede.santacruzdetenerife.es/sede/calculadora-plusvalia.
¿Qué plazo tengo para pagar la plusvalía en Santa Cruz de Tenerife?
30 días hábiles desde la transmisión inter vivos, 6 meses desde el fallecimiento en mortis causa.
¿Qué es el modelo T239?
Es el modelo oficial de declaración/comunicación del IIVTNU en Santa Cruz de Tenerife, disponible en la sede electrónica.
¿Santa Cruz de Tenerife tiene bonificación por herencia?
Sí, la ordenanza fiscal contempla bonificaciones para transmisiones mortis causa. Debes solicitarlas expresamente.
Continúa la comprobación
Referencias
Textos y servicios consultables
Revisa el texto vigente, la ordenanza y los datos catastrales antes de cerrar un cálculo.
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